Normalmente se dice que en la universidad lo que se enseña tiene una distancia importante respecto del ejercicio profesional, no sé si exista un ejemplo más claro que en Derecho.
Desde su origen se ha tenido una instrucción formal – repetitiva. Me explico, durante mucho tiempo (y todavía ahora) la enseñanza-aprendizaje se basa en conocer definiciones, artículos legales, clasificaciones, principios jurídicos, etcétera. Está por demás decir que ejercer profesionalmente podría ser algo verdaderamente traumante para la mayoría, debido a esa distancia entre lo que se ve en el aula y lo que se requiere en el ámbito profesional.
Hasta hace poco eso ha venido cambiando, para buscar casos prácticos y situaciones cercanas a la vida posescuela, así en lugar de preguntar por la ley de Amparo se puede pedir elaborar una demanda ante un planteamiento ad hoc o un dilema. Constantemente se hacen simulaciones de juicios o prácticas diversas. Por ahí, todo bien, la preparación de los futuros profesionales del Derecho va en mejora.
En prácticamente cualquier escuela o facultad del área se considera que es necesario aprender: leyes, tratados (de manera reciente), doctrina, jurisprudencia y la dimensión procesal. Además, se deberán desarrollar la expresión oral y escrita, así como la capacidad de interpretación y el manejo de un idioma extranjero (de preferencia inglés). Si una opción educativa garantiza lo que acabo de decir, no se puede dudar que es una escuela excelente. De hecho, estoy de acuerdo.
No obstante, la formación es más bien como litigante, basta mirar prácticamente cualquier mapa curricular para confirmarlo. Irónicamente la mayoría de los egresados no se dedicará a esa actividad. Pero más allá de la discusión eterna del campo laboral por carrera, lo que más me inquieta es que el licenciado en Derecho en sentido estricto, no lo es, más bien (y en el mejor de los casos), será un postulante, tan es natural esto que, por ejemplo, mi título así dice: Abogado (notario y actuario. No me pregunten por qué).
Esta situación no me termina de convencer, sobre todo porque en mi labor docente constantemente imparto la materia de Sociología Jurídica. Son esas materias que alguien las mira y dice son las “relleno”, «la ocurrencia de alguien que ni sabe lo que se necesita en la formación jurídica», o cuando mucho se piensa que es para darle un toque de erudición a la carrera.
Es de lo más común que mis estudiantes me vean en la primera clase (espero que no en la última) con cara de para qué me sirve esto y si no era mejor llevar Civil XIV. Entonces les digo que considero que un licenciado en Derecho va más allá de la litigación, creo que se debe poner atención al contexto en el que se da el ámbito jurídico, evidentemente hay una relación con otras materias como la Economía, la Administración Pública o la Ciencia Política, por mencionar algunos ejemplos. Dado que se deben entender dimensiones económicas, internacionales, ejecutivas, sociales y humanistas, al menos.
Aquí entra la Sociología Jurídica, les digo que esta disciplina trata de las causas y consecuencias del Derecho algo que casi no se aborda en la formación tradicional. El curso abarca una primera parte de Sociología Clásica y una segunda tal cual de la Materia.
Se revisa la necesidad histórica de la Sociología junto a Emilio Durkheim, Carlos Marx y Max Weber, luego vemos a Parsons, lamentablemente no queda mucho espacio para los contemporáneos. Contra lo que se pudiera imaginar la disciplina en cuestión no estudia a la sociedad, eso abarcaría todas las Ciencias Sociales, varias naturales y hasta exactas. Lo que estudia básicamente es el cambio social, la comunicación, la acción social, el valor de las mercancías y el hecho social. Sobre esta base se erige todo un entramado lleno de diferentes corrientes de pensamiento.
Asumo que ningún jurista puede sentirse satisfecho creyendo que las leyes son una obra artificial separada de eso que llamamos realidad, en el más claro sentido kafkiano. El Derecho trata de regulaciones que rigen coercitivamente en las sociedades. Se hace imperativo, por ello, entender de alguna manera a quien va dirigido.
De no hacerlo así, se dan casos de leyes inaplicables o que tienen efectos diversos a los que se pretendía, en el mejor de los casos. Por ejemplo, la mitad de la economía mexicana está en la informalidad (o ilegalidad), está a la vista de todos, pero no se hace mucho y lo que se ha intentado no funciona como el actual Régimen Simplificado de Confianza, posterior al Régimen Simplificado de Confianza (Resico) posterior al Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) que a su vez sustituyó al de Pequeños Contribuyentes (Repecos).
En este tema las regulaciones municipales son inaplicables ¿vale la pena seguir por esta vía? Creo que no, me parece que a gritos requerimos saber qué se pretende en la materia y qué se ha obtenido hasta el momento. De otra forma vamos a la deriva, generando eso sí: leyes, reglamentos, sanciones, incentivos, procedimientos administrativos, etc.
Veamos ahora algo tan delicado como el sistema penal y su cambio de inquisitivo a acusatorio adversarial, necesitamos saber por qué se hizo la modificación y los efectos derivados, para ir a: ¿cuáles con las áreas de oportunidad?, ¿vamos por el camino correcto?, ¿los contratiempos son principalmente de inercias, recursos económicos, capacitación, voluntad política, cultura jurídica?, ¿todas?, entonces ¿en qué orden o magnitud?
De este tópico podríamos seguir con otros como ¿cuál es el papel de la Constitución política y qué significa para los ciudadanos?, ¿por qué apenas si tenemos servicio profesional de carrera? La lista se puede hacer interminable: ¿por qué somos el único país de América Latina en donde el cargo presidencial dura seis años?, ¿qué efectos ha tenido el aumento en años recientes del Salario Mínimo General?, ¿el incremento de las penas disminuye los delitos?, ¿a veces?, ¿por qué?… sólo imagínese lo que se podría colocar en esta lista.
Alguien pensará que son preguntas ociosas para el Derecho y que en todo caso deben realizarse desde otras disciplinas, no lo creo, el mundo terrenal no reconoce fronteras disciplinares. En esa línea me resisto a creer que los juristas tengan poco o nada que decir a los demás campos del saber.
Así, la formación de un licenciado en Derecho debe ser más allá del litigio, para mirar otros procesos jurídicos y entendiendo mejor el entorno del sistema legal. Ya no hablemos del papel de la investigación porque esa es otra historia.
Los abogados tenemos pendiente un compromiso social para fortalecer una cultura ciudadana evidenciando que las leyes y su aplicación son indispensables en cualquier sociedad. Lo que demanda un entendimiento contextualizado del Derecho.
Versión en video https://youtu.be/r8I3Xd-VWzU
Un comentario sobre “El papel de la Sociología en el Derecho. Reflexiones sobre la formación de los juristas”